La DINAMA no mide las emisiones de UPM.

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Continuamos lo informado en la nota anterior, «Que ocultan los olores de Botnia», donde se analiza la composición y el daño para la salud de algunos de los gases que integran las reiteradas emisiones gaseosas tóxicas de la planta de UPM (ex Botnia), y que algunos tratan de distraer refiriéndose a “olores”. Ahora trataremos de resumir, como bloquea los controles la delegación del Uruguay,  que depende a su vez totalmente, de lo que la empresa le quiera informar.

8° NOTA SOBRE LA VERDAD SOBRE EL MONITOREO A BOTNIA-UPM

Cuando el Uruguay, sin consultar a la Comisión Administradora del Río Uruguay y a la Argentina, violando el Estatuto del Río Uruguay –como lo estableció la Corte Internacional de Justicia-, concedió la autorización ambiental previa para la construcción y el funcionamiento de la Planta de UPM (entonces Botnia) fijó límites a las emisiones gaseosas tóxicas.

Y para controlar que la empresa de UPM (ex Botnia) debería haber estado la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA).

Pero la DINAMA no la controló, ni la controla.

Porque la DINAMA no mide las emisiones gaseosas tóxicas de la planta de UPM (ex Botnia). No tiene datos propios.

 

La única que mide las emisiones gaseosas tóxicas en la boca de las chimeneas es la propia empresa UPM.

Y UPM le envía a la DINAMA los datos de las emisiones gaseosas tóxicas que quiere y la DINAMA los dá por válidos.

La información que la DINAMA ha recibido de la empresa UPM (ex Botnia) de sus emisiones gaseosas tóxicas que se abaten sobre Fray Bentos, la zona del Puente y Argentina, ha superado todos los límites muchas veces y durante mucho tiempo, pero nunca sancionó a UPM.

 

 

La Corte Internacional de Justicia declaró que la República Oriental del Uruguay tiene la obligación de permitirle a la CARU vigilar de manera continua las actividades de la planta de Botnia, además de la obligación que incumbe al propio Gobierno uruguayo de continuar vigilando para asegurar que Botnia no contamine.

En cumplimiento de la sentencia, luego de varias reticencias del Uruguay, éste acordó con la República Argentina el 14 de noviembre de 2010 el Monitoreo de la Planta Orion (UPM-ex Botnia)”, y en el punto “3.1. Dentro de la Planta Orion (UPM-ex Botnia)” establecieron:

“Finalidad: verificar que las evacuaciones de los efluentes de la Planta Orion (UPM-ex Botnia) cumplan la normativa de la CARU y la normativa que Uruguay ha dispuesto en su jurisdicción para proteger y preservar el medio acuático previniendo su contaminación. Incluye el análisis e interpretación de resultados de muestras de efluentes líquidos y emisiones gaseosas que accedan al Río Uruguay con responsabilidad operativa a cargo de DINAMA. Prevé utilización de sensores e innovaciones científicas y tecnológicas acordadas.

(a)…

  1. b) …

(c) Seguimiento dentro predio Planta de las condiciones de calidad de aire que habiliten interpretar aportes emisiones gaseosas al medio acuático del Río Uruguay.

Datos emisión continua en chimenea: MP, NOx, S02, CO, TRS, caudal, temperatura y otros datos disponibles con menor frecuencia (por ejemplo VOCs, dioxinas y furanos), accesibles a través de DINAMA.

Medición «in situ» (mediante cromatógrafo portátil como actividad experimental complementaria): H2S, VOCs, mercaptanos.”.

Cfr. El artículo en Fundavida del 22 de febrero de 2016 titulado “Para la Canciller Malcorra II – Los compromisos firmados por Argentina y Uruguay en 2010”.

 

Y luego en la CARU no cumplieron lo acordado y los Integrantes uruguayos del Comité Científico y la Delegación uruguaya ante la CARU se negaron a tratarlo, pese a los fuertes reclamos argentinos.

Si la corporación transnacional finlandesa no le permite a la DINAMA medir las condiciones de calidad de aire en chimenea ni con equipos portátiles dentro de la Planta de UPM (ex Botnia), mucho menos iba a permitir que lo haga el Comité Científico de la CARU a través de la DINAMA.

 

Y, lamentablemente, observamos con bronca y con lástima, el Gobierno uruguayo no sólo incumple los acuerdos firmados con Argentina sino que acepta con penosa mansedumbre esta situación de prepotencia empresarial. Mientras tanto, solamente habla de olores, y omite controlar las emisiones gaseosas tóxicas de la Planta para verificar si cumplen con los valores permitidos en su normativa del año 2005.

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